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Pago a plazos de una sentencia judicial: ¿es posible?

Pago a plazos de una sentencia judicial

Si te preguntas si se puede fraccionar o pagar a plazos una sentencia judicial, probablemente sea porque no te puedes permitir abonar el importe que te imponen en un solo pago o porque hacerlo te va a provocar graves perjuicios económicos.

Pues bien, has de saber que sí existe esa posibilidad, pero tan solo en algunos casos muy excepcionales.

En general, este tipo de deudas se tienen que pagar de una vez y en su totalidad.

¿Qué pagos se imponen en las sentencias judiciales y cómo los puedes afrontar?

Son muchas las deudas que un juez te puede obligar a saldar mediante sentencia judicial.

Tan solo por poner algunos ejemplos, nos encontramos con indemnizaciones, obligaciones contractuales, salarios o prestaciones laborales, pensiones alimenticias de los hijos a cargo o multas administrativas. 

Igualmente, la forma de pago de estas deudas también puede variar de un caso a otro, según lo que decida el juez.

Como una de las casuísticas más comunes, nos encontramos con el embargo, que implica la retención de una parte de los ingresos o el bloqueo de las cuentas bancarias, una situación nada deseable que hace que muchas personas se pregunten por la posibilidad de solicitar el fraccionamiento de los pagos para poder cumplir con sus obligaciones.

El fraccionamiento de los pagos judiciales

Muchas veces, las sentencias judiciales que obligan al pago de una determinada cantidad incluyen un calendario de pagos de obligado cumplimiento.

En otros casos, se puede tratar de alcanzar la opción del fraccionamiento del embargo, algo para lo cual te aconsejamos que te dejes asesorar por profesionales, que son los que te podrán indicar si esto es viable en tu caso en particular.

Y es que, como hemos adelantado al principio, únicamente se puede pagar a plazos una sentencia judicial bajo determinadas circunstancias, entre las que destacan las siguientes:

  • El acuerdo entre ambas partes, deudor y acreedor (o acreedores).
  • Recursos insuficientes del deudor, debidamente acreditados.
  • Pago a plazos en algunos casos de sentencias laborales y en materia fiscal.

¿No puedes hacer frente a tus deudas judiciales?

Desde Sello Legal siempre aconsejamos hacer frente cuanto antes a las deudas para evitar los embargos judiciales. No obstante, en ocasiones esto se vuelve imposible y es entonces cuando entra en juego una figura que puede ayudar en gran medida a las personas que tienen deudas que no pueden pagar.

Hablamos de la Ley de Segunda Oportunidad, que, bien ejecutada, puede permitir que el deudor acceda al perdón total o parcial de sus deudas.

Se trata de un instrumento judicial que no todo el mundo conoce y que puede aplicarse también a las deudas judiciales, es decir, aquellas que un juez obliga a saldar a través de su sentencia. Va más allá del fraccionamiento de los pagos, ya que en muchos casos nuestro despacho ha conseguido la condonación de la deuda de nuestros clientes.

“Hay otras estrategias que se pueden abordar para hacer más fácil el afrontamiento de las deudas, como su renegociación, que consiste en agrupar todas las deudas pendientes en una sola cuota que suele ser bastante inferior a la suma total.”

En resumen, si conoces y comprendes todas las posibilidades que existen a la hora de gestionar un embargo o una deuda judicial, será mucho más fácil salir airoso de esa situación. Te invitamos a contactar con nosotros para recibir asesoramiento profesional al respecto y garantizar así que el proceso se desarrolla de la forma más favorable posible para ti.

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Bibliografía

  • Suárez, J. L. L. (2021). ¿ Cabe el aplazamiento y fraccionamiento del pago en la ejecución dineraria social? Las facultades de los letrados/as de la Administración de Justicia. Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF, 35-64. https://revistas.cef.udima.es/
  • Fernández Caballero, Z. (2019). El embargo de bienes y derechos como garantía ante el aplazamiento o fraccionamiento del crédito tributario. Nueva fiscalidad: 2, 2019, 191-220. https://www.torrossa.com/
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