Impugnar un testamento es una de las razones por las que nuestros clientes acuden a nosotros como abogados especialistas en herencias. Pero este procedimiento no siempre es viable, sino que hay que cumplir una serie de condiciones para poder llevarlo a cabo.
La impugnación de un testamento: causas previstas y procedimiento
Cuando alguien decide impugnar un testamento es porque no está de acuerdo con alguna de sus partes o con la totalidad de lo reflejado por el testador. En cuanto a quién puede tomar esta decisión, la respuesta es cualquiera de los herederos.
Ahora bien, deberán acogerse a alguna de las causas que prevé la ley para poder hacerlo.
¿Cuándo se puede impugnar un testamento? Las causas
Estas son las causas para impugnar un testamento que establece el Código Civil:
- No se incluye, por error o de forma intencionada, a uno o varios herederos forzosos: no hay forma de privar a un heredero forzoso o legítimo de su parte de la herencia, a menos que concurra alguna causa de desheredación.
- Desheredación injusta: es posible que el testador sí haya alegado una causa para desheredar a uno de los herederos forzosos, pero puede suceder también que esa causa no sea real.
- No cumplir con las cuotas que marca la legítima: es decir, si no se respetan en el testamento las partes que a cada heredero forzoso le corresponden.
- Violencia, fraude o dolo: cuando un heredero tiene constancia de que el testamento se redactó bajo engaño o coacción, podrá proceder a su impugnación.
- Falta de capacidad del testador: normalmente, son los notarios los que dan fe de la capacidad necesaria de los testadores, pero en ocasiones pueden equivocarse.
- Defectos de forma en el testamento: cualquier tipo de testamento ha de cumplir con determinados requisitos de forma para que se considere válido.
- Falsa identidad del testador: cuando no sea posible comprobar la identidad de quien redacta el testamento.
Ante cualquiera de estas circunstancias, se podría impugnar el testamento y solicitar su nulidad.
El procedimiento para impugnar un testamento
En general, se dispone de un máximo de 5 años para la impugnación de un testamento, a contar desde que el heredero recibe una copia autorizada del mismo.
Para comenzar el procedimiento, es necesario acudir al juzgado (acompañado de abogado y procurador) para interponer la demanda correspondiente, que se dirigirá al resto de herederos. El juzgado en el que se debe presentar el escrito es el que corresponde al último domicilio del testador.
Al admitirse la demanda, los herederos disponen de 20 días para responder antes de que se les dé audiencia previa a todas las personas implicadas para tratar de llegar a un acuerdo, que, de no alcanzarse, dará lugar al juicio.
Tras la presentación de las pruebas pertinentes, nos podemos encontrar con tres escenarios diferentes, según la decisión que tome el juez:
- Confirmación total de la validez del testamento: normalmente, acompañada de la condena en costas para la persona que interpuso la demanda.
- Confirmación parcial de la validez del testamento: se corregirá lo que no sea válido, pero el resto se mantendrá intacto.
- Declaración de nulidad del testamento: se tomará el último testamento válido como el definitivo o, si no lo hay, se aplicarán las normas de las sucesión intestada.
Sea cual sea el motivo por el que decidas impugnar un testamento, en Sello Legal intentaremos siempre obtener una sentencia lo más favorable posible a tus intereses.