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He recibido una herencia con deudas: ¿debo aceptarla?

Herencia con deudas, ¿tengo que aceptarla?

Por norma general, se cree que recibir una herencia es siempre algo positivo en términos económicos. Sin embargo, no tiene por qué ser una buena noticia: como expertos en la tramitación de herencias, en Sello Legal hemos sido testigos de muchos casos en los que las deudas del fallecido se acercan o superan incluso al patrimonio heredado. 

Si este es tu caso, es lógico que ahora mismo te estés haciendo muchas preguntas. ¿Debes aceptar obligatoriamente la herencia? ¿Qué opciones tienes como heredero para no terminar perjudicando a tu propia situación financiera?

¿Las deudas también se heredan?

Debemos tener presente que una herencia está compuesta tanto por los bienes activos que poseía el fallecido como por los pasivos. Esto es, tanto por sus propiedades como por sus deudas. En consecuencia, es probable que a veces no resulte rentable aceptar una herencia, si esta incluye cuantiosas deudas y no demasiados bienes. 

La razón es que, de no servir el caudal hereditario para hacer frente a esas deudas de la herencia, el heredero tendría que responder ante ellas con su propio patrimonio (esto es lo que se conoce como la figura del heredero universal). Y por eso en muchas ocasiones no compensa aceptar la herencia que se ha recibido, por muy tentador que resulte al principio.

¿Cómo puedo saber si hay deudas en la herencia?

Antes de aceptar o rechazar una herencia, conviene que conozcas qué incluye exactamente. Solo así serás capaz de calcular su rentabilidad y saber si los bienes y activos de la herencia superan a las deudas y puedes con ellos hacerles frente. 

Hay muchas formas de descubrir esto, pero sin duda la mejor idea es contactar con nuestro equipo de especialistas para que puedan acompañarte y guiarte a lo largo de todo el proceso y asesorarte sobre la conveniencia o no de aceptar la herencia en cuestión.

Solución a la herencia con deudas: aceptación a beneficio de inventario

Si con la ayuda de nuestros abogados ya has hecho las correspondientes averiguaciones, que te han llevado a la conclusión de que en la herencia existen demasiadas deudas, nuestra recomendación es que aceptes la herencia a beneficio de inventario. Es un derecho recogido en el artículo 1010 del Código Civil, que permite hacer frente a las deudas de una herencia únicamente con los bienes de la misma, sin que tu patrimonio personal se vea afectado en ningún caso.

Si aceptas la herencia a beneficio de inventario, recibirás solo los bienes o activos que queden tras haber saldado las deudas pendientes por parte del fallecido. Es la mejor opción que tienes como heredero si tienes dudas acerca del estado deudor de la persona fallecida, pero no la única: también existe la posibilidad de hacer uso de tu derecho a deliberar. Si optas por esta vía, en cambio, no tendrás que tomar una decisión sobre la herencia hasta que no se te haya informado debidamente acerca del contenido completo de la misma.

Es muy posible que en estos casos haya mucho dinero en juego, así que si te encuentras en esta misma situación no lo dudes y contacta con nosotros. En Sello Legal Abogados hemos ayudado ya a muchos herederos a tomar la decisión más inteligente y rentable respecto a su herencia.

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