Es el Real decreto Legislativo 1/2007 el que regula el concepto de cláusulas abusivas que hoy en día está presente en gran parte de los medios de comunicación. En el artículo 82 de este RD se especifica claramente todo lo relativo lo que hoy nos atañe. En Sello Legal te ofrecemos toda nuestra experiencia como abogados especializados en derecho del consumidor, con el firme objetivo de evitar que cláusulas ilegales o productos usureros dañen tu economía.
Este Real Decreto Legislativo es el relativo a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. En su artículo 82 define las cláusulas abusivas como: “Todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que deriven del contrato”.
¿Qué dice la jurisprudencia sobre las cláusulas abusivas?
Como podemos ver, la definición que establece la ley es interpretable y, por ello, debemos de acudir a las sentencias que alegan la abusividad de las cláusulas de un contrato para favorecer a un consumidor.
Es muy importante tener claro que esta ley es aplicable solo a relaciones entre usuarios o consumidores y empresarios. Para dejar claro esto, los artículos 3 y 4 del RD 1/2007, explican claramente quiénes son estas figuras.
Según el texto, son usuarios y consumidores “las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión”. También son consumidores “las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o comercial”.
Por otra parte, en el artículo 4 de la ley, queda claro quiénes pueden gozar del título de empresarios: “se considera empresario a toda persona física o jurídica ya sea privada o pública, que actúe directamente o a través de otra persona en su nombre o siguiendo sus instrucciones, con un propósito relacionado con su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión”.
Los artículos 3 y 4 del RD son importantes para entender que no todos los contratos están amparados por la Ley general para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La compraventa entre particulares no estaría amparada por este texto. Lo mismo ocurre en contratos en los que sí que se hayan negociado las cláusulas de manera individual.
Así son las cláusulas abusivas
El Tribunal Supremo, estableció en una sentencia del año 2013, tres requisitos para considerar que existen cláusulas abusivas en una relación comercial:
- Que se trate de cláusulas predispuestas en unas condiciones generales, que no permiten negociación individual y sean similares en un gran número de contratos.
- Cuando no existe buena fe.
- Si se genera un gran desequilibrio de los derechos y obligaciones de las dos partes.
Es muy importante tener claro que la negociación individual de las cláusulas debe de ser demostrada. Por ejemplo, si actuamos frente a un banco por sus cláusulas abusivas en algún contrato bancario, como las Tarjetas Revolving, será el banco el que tenga que demostrar que las cláusulas se negociaron de manera individual si esta es su alegación.
Cuando nos encontramos con una cláusula que no ha sido negociada individualmente y está ubicada en un contrato con un consumidor hay que dilucidar si es o no abusiva. Para ello, hay que analizar si es posible incluirla en alguno de los supuestos descritos por la ley. Si finalmente se declarara una cláusula abusiva, se convertiría en una cláusula nula.
Consecuencias de la declaración de cláusulas abusivas
Las consecuencias de la declaración de abusividad irían encaminadas a la inaplicación de esta. Por lo tanto, el contenido de esa cláusula quedaría “eliminado” del contrato. El objetivo es poder subsanar con éxito el desequilibrio que existe entre el empresario y el consumidor.
¿Consideras que estás siendo víctima de las cláusulas abusivas en algún contrato con terceros? Contacta con Sello Legal, cuéntanos tu caso, aporta la documentación que tengas y permítenos estudiar la situación. Nuestro objetivo es ofrecerte una defensa de tus intereses justa y de calidad. Si detectamos cláusulas abusivas te ayudaremos a recuperar las inversiones realizadas, además de solicitar una indemnización para subsanar el ataque a tus derechos.